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Se recuerda que desde la modificación
efectuada en diciembre pasado al art. 10 de la ley 27.253 sobre la no
caracterización de
consumo masivo a los servicios profesionales, nosotros los
odontólogos estamos
eximidos también de la obligatoriedad de cobrar con este
dispositivo electrónico para tarjetas de débito y crédito.